Obrero justicia

Una nueva perspectiva del arraigo laboral

¿Qué ha pasado?

El 14/04/2021 se publicó una sentencia del Tribunal Supremo que cambia por completo la línea jurisprudencial y la interpretación normativa que se venía dando a la ley de extranjería en materia de arraigo laboral.

¿Qué implica?

Según esta decisión no sólo pueden solicitar residencia por arraigo laboral quienes hayan estado trabajando en condiciones de ilegalidad sino también personas que estando de manera regular y con alta en seguridad social hayan presentado una irregularidad sobrevenida. Por ejemplo:

  • Solicitantes de asilo que estando trabajando les hayan denegado la solicitud, quedando sin autorización de trabajo.
  • Personas cuya residencia haya vencido y no se haya podido prorrogar
  • Incluso estudiantes q hayan trabajado, etc.

Empelo

Es decir, mientras que antes era necesario demostrar que se había estado trabajando fuera de la normativa legal, esta sentencia cambia esta interpretación. De modo que, ahora se puede solicitar el arraigo laboral con 6 meses de trabajo en situación regular, y 2 años de estancia en España.

¿Porqué es bueno?

Esta sentencia es una decisión del supremo así que es de obligado cumplimiento, es una muy buena noticia para la población inmigrante porque sienta un precedente en la interpretación de la ley de extranjería.

Sentencia del supremo

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¿Qué podemos hacer?

En AESCO tenemos un servicio de asesoría jurídica, en el que llevamos muchos casos de extranjería, además ahora estamos en una campaña especial por la regularización de las personas solicitantes de asilo, infórmate a través de nuestras redes sociales, y poniéndote en contacto.

Desde AESCO queremos recordar la importancia de generar redes, las personas migrantes cada día tienen menos derechos, debemos luchar por ellos y mantenerlos.