DECLARACIÓN DE AESCO FRENTE A LA RESOLUCIÓN DEL 21 DE FEBRERO DE 2024 EMITIDA POR LA SECRETARIA GENERAL DE UNIVERSIDADES

DECLARACIÓN DE AESCO FRENTE A LA RESOLUCIÓN DEL 21 DE FEBRERO DE 2024 EMITIDA POR LA SECRETARIA GENERAL DE UNIVERSIDADES

De acuerdo a la Resolución del  21 de febrero de 2024, por la Secretaria General de Universidades, dicta instrucciones para tramitación del procedimiento de homologación y de declaración de equivalencia a titulación y nivel académico de títulos extranjeros de educación superior al nivel del maco español, en la que resuelve: “(…) primero: Las solicitudes de personas que residan legalmente en España, así como de las personas que posean la nacionalidad española o de algún Estado miembro de la Unión Europea, que se inicien a la fecha de efectos de esta resolución o se encuentren ya en tramitación administrativa, se tramitarán mediante una vía específica que permita una rápida integración en el mercado de trabajo. Esta tramitación se simultaneará con la de los expedientes pendientes de resolver conforme al Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, y del Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre (…)”. (negrilla y subrayado por fuera del texto)

Dicha medida adoptada fue considerada luego de realizar una interpretación “análoga” entre las situaciones de los nacionales de terceros países no pertenecientes a la UE, que menciona la Recomendación (UE) 2023/2611 de la Comisión, con la situación de las personas que tienen la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea con respecto a las  solicitudes de homologación o equivalencia de un título contenido en el extranjero con el fin de que obtengan los mismos efectos académicos o profesionales que los títulos universitarios oficiales españoles.

Siendo a nuestra consideración innecesario dicho análisis para otorgar un trámite especifico que permita una rápida integración de este colectivo de personas que tienen la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea en el mercado de trabajo las siguientes razones fundamentales:

  1. Las consideraciones y el objeto de la RECOMENDACIÓN (UE) 2023/2611 de la Comisión de fecha 15 de noviembre de 2023, es relativa al reconocimiento de las cualificaciones de LOS NACIONALES DE TERCEROS PAÍSES, como respuesta a la escasez de personal cualificado que afecta a todos los ecosistemas industriales en muchos Estados miembros UE, en la que la mano de obra por sí sola no puede satisfacer la demanda de trabajadores cualificados en los países. De manera que, la recomendación es para que Estados miembros aprovechen el potencial de la migración legal para atraer a nacionales de terceros países cualificados, a fin de hacer frente a la escasez de mano de obra.
  2. La interpretación de la RECOMENDACIÓN (UE) 2023/2611 de la Comisión de fecha 15 de noviembre de 2023, debe ser respecto de su objetivo que es el de  SIMPLIFICAR Y ACELERAR EL RECONOCIMIENTO DE LAS CAPACIDADES Y CUALIFICACIONES DE LOS NACIONALES DE TERCEROS PAÍSES POR PARTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS, con el fin de que este colectivo de personas puedan acceder a una profesión regulada o ejercerla en España.

En este sentido, AESCO como organización que lucha por la integración social de los migrantes, pretende que las medidas que adopte el gobierno español vayan encaminadas a reconocer las capacidades y cualificaciones de este colectivo social (nacionales de terceros países que no son miembros de UE), que lleva años solicitando la homologación y equivalencia de títulos universitarios extranjeros en España, con el fin de que puedan desarrollar tareas laborales acordes con la titulación obtenida o con la profesión que ya se desempeñaba en su país de origen o nacional. Sin embargo, la medida adoptada deja ciertas inquietudes respecto de finalidad de la administración de tramitar por una vía especifica los expedientes de las personas con nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la UE.

Así, AESCO resalta la importancia de que se tomen medias reales y que agilicen los procesos de homologación y equivalencia de títulos de cientos de personas que en estos momentos se encuentran en un limbo personal e insertados en empleos de baja cualificación, los cuales están afectado su ciclo migratorio, su integración y cohesión en España, y rechaza todo tipo de tramites que generen desigualdades sociales o discriminaciones a algún colectivo social.

Para ver la Resolución en mención haga click en el siguiente link:https://www.universidades.gob.es/wp-content/uploads/2024/02/report_Resolucion-de-21-de-febrero-de-2024.pdf